SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES

Comprende:

• Reclamaciones en Pensiones
• Reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes e invalidez, semanas cumplidas antes del 1 de abril de 1994.
• Reconocimiento y pago de la pensión con 500 semanas o 1000 en cualquier tiempo.
• Reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes de regimenes especiales Cajanal, Inpec, Registraduría Civil, magisterio, etc.
• Reliquidaciones de pensiones e indexación de la primera mesada.
Demanda de incrementos pensionales por tener personas a cargo, esto es, cónyuge o hijos menores.
• Demandas laborales.
• Tutelas