SEGURIDAD
SOCIAL Y PENSIONES
Comprende:
• Reclamaciones en Pensiones
• Reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes
e invalidez, semanas cumplidas antes del 1 de abril de 1994.
• Reconocimiento y pago de la pensión con 500
semanas o 1000 en cualquier tiempo.
• Reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes
de regimenes especiales Cajanal, Inpec, Registraduría
Civil, magisterio, etc.
• Reliquidaciones de pensiones e indexación de
la primera mesada.
Demanda de incrementos pensionales por tener personas a cargo,
esto es, cónyuge o hijos menores.
• Demandas laborales.
• Tutelas